jueves, 23 de abril de 2020

NORMATIVA LABORAL EN LA PANDEMIA DEL COVID-19

Nota del Editor:
(Para una mejor  y más actualizada lectura, sugerimos leer la segunda versión del artículo, publicada más arriba, en fecha 18 de mayo de 2020).-

A continuación, publicamos la primera versión del artículo de Juan Pablo Capón Filas, titulado "Normativa laboral en la Pandemia COVID-19", en la República Argentina, el que podrá visualizarse en el siguiente Link:

https://drive.google.com/file/d/1zuAVYVPlhaoGdZHElLCwBKwrSg3QdLrs/view?usp=drivesdk

Agradecemos el comentario del Doctor Ramiro Acosta Cerón, de Ecuador, que transcripto dice: 


"Apreciado Juan Pablo acabo de leer en el blog del EFT su artículo sobre  la Normativa Laboral en Argentina en tiempo de coronavirus. Destaco la claridad del análisis, capacidad de síntesis que hace de aquella y su correlato con el Convenio 158 de la OIT en relación a la restricción de "la libertad de despedir" afectativa a los trabajadores. 

Las citas oportunas del pensamiento esclarecedor de Rodolfo Capón Filas, su digno padre e inolvidable amigo, acerca de la teoría sistémica del derecho social y su fórmula D= (R + V)  + ( N +T=)  y  su máxima que "el derecho es energía en espera de justicia", para finalizar literariamente con una frase de Milan Kundera que nos trasluce y traduce que el significado de la vida es reconocido en situaciones de extremo riesgo, o cuando vemos que se escapa o diluye.

Reciba mi sincera felicitación

Ramiro".