COMPETENCIA LEGISLATIVA PARA LEGISLAR EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES DEL SECTOR PRIVADO.- Artículo publicado en elDial.com: Citar DC3342, día 3 de junio de 2024.- Tiempo de lectura: 4 minutos. Autor: Juan Pablo Capón Filas (1) En la obra recientemente publicada en Mayo de 2024, titulada “Principios Constitucionales. Supremacía, Legalidad, Razonabilidad y Progreso” , analizamos los principios constitucionales esenciales del estado de derecho (2). En materia de Derecho del Trabajo resulta relevante destacar que como principio de distribución de competencias legislativas, la Constitución Nacional ha consagrado que las competencias legislativas exclusivas para legislar en materia de relaciones del trabajo del sector privado corresponden al Honorable Congreso de la Nación, es decir las Provincias carecen de competencia material legislativa para establecer regulaciones en materia de relaciones laborales del sector privado. El artículo 14 bis de la Cons...