En el Boletín Oficial de la Nación, en fecha 14 de agosto de 2020, se ha publicado la ley de Teletrabajo número 27.555.
Fue promulgada por decreto número 673/2020, sin vetos parciales.
Debe tenerse presente la transitoriedad del art. 19°, que establece: :
"Régimen de transitoriedad. La presente ley entrará en vigor luego de noventa (90) días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio".
En consecuencia, el plazo de inicio de la vigencia de la norma se establecerá una vez finalizado el estado de aislamiento (ASPO).
Para la lectura de la publicación en el Boletín Oficial de la Nación ingrese en el siguiente enlace:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233626/20200814